La posesión y operación de un automóvil representa el riesgo de causar daños a terceras personas ya sea en sus bienes o en su salud e integridad física. A éste respecto el Código Civil de cada estado establece las formas y cantidades por las que hay que indemnizar a los terceros afectados.
a. ¿Qué debo hacer si daño a terceros en sus bienes materiales?
De ser posible, no mover el auto del lugar y posición en que se encontraba al ocurrir el accidente.
Si se está en condiciones de hacerlo, llame a la aseguradora a los teléfonos que indicados en su póliza o en su tarjeta de identificación de asegurado.
Espere al ajustador quien le indicará lo que procede.
Si interviene la autoridad, solicite la espera de su ajustador
En caso de ser conducido a una delegación infórmelo inmediatamente a la aseguradora para que le proporcionen los servicios correspondientes
b. ¿Qué debo hacer si daño a terceros en su persona?
Verifique el estado del afectado, si es grave llame a los servicios públicos de asistencia y/o emergencia
Llame de inmediato a la aseguradora y proporcione toda la información que se le solicite
Espere al ajustador quien le indicará lo que procede.
Si interviene la autoridad, solicite la espera de su ajustador
En caso de ser conducido a una delegación infórmelo inmediatamente a la aseguradora para que le proporcionen los servicios correspondientes