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MIS RESPONSABILIDADES COMO CONDUCTOR

 
     
 

La posesión y operación de un automóvil representa el riesgo de causar daños a terceras personas ya sea en sus bienes o en su salud e integridad física. A éste respecto el Código Civil de cada estado establece las formas y cantidades por las que hay que indemnizar a los terceros afectados.

 
     
  a. ¿Qué debo hacer si daño a terceros en sus bienes materiales?  
     
 
  • De ser posible, no mover el auto del lugar y posición en que se encontraba al ocurrir el accidente.
  • Si se está en condiciones de hacerlo, llame a la aseguradora a los teléfonos que indicados en su póliza o en su tarjeta de identificación de asegurado.
  • Espere al ajustador quien le indicará lo que procede.
  • Si interviene la autoridad, solicite la espera de su ajustador
  • En caso de ser conducido a una delegación infórmelo inmediatamente a la aseguradora para que le proporcionen los servicios correspondientes
 
     
  b. ¿Qué debo hacer si daño a terceros en su persona?  
     
 
  • Verifique el estado del afectado, si es grave llame a los servicios públicos de asistencia y/o emergencia
  • Llame de inmediato a la aseguradora y proporcione toda la información que se le solicite
  • Espere al ajustador quien le indicará lo que procede.
  • Si interviene la autoridad, solicite la espera de su ajustador
  • En caso de ser conducido a una delegación infórmelo inmediatamente a la aseguradora para que le proporcionen los servicios correspondientes
 
     
 
 
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